La fijación del salario mínimo
Escrito por León Arismendi   
Lunes, 25 de Abril de 2011 04:22

altComo es su costumbre, en los próximos días, el que sus acólitos mientan Comandante Presidente, dictará un Decreto estableciendo el nuevo salario mínimo. De ese modo, se consumará, por undécima vez, la violación de lo que la Ley Orgánica del Trabajo establece respecto del asunto. Se, que para muchos trabajadores, apremiados por la necesidad, el detalle es insignificante, lo mismo dirán los aplaudidores del gobierno, para los cuales lo que haga Chávez bien hecho está y más, si alguien lo critica.

Pero ocurre que en este tema, la forma es fundamental, pues permite precisar el modelo de relaciones de trabajo que se propicia desde el poder. Una vez más, estamos ante una delimitación de los campos entre la democracia y el autoritarismo, entre los mandatos constitucionales (y legales) y el me da la gana presidencial.

En efecto, de acuerdo con la Constitución, la democracia participativa y protagónica supone la activa intervención de los actores sociales en la determinación de las políticas públicas; en particular, en aquellos que afectan sus derechos e intereses. En los asuntos laborales, el diálogo entre los representantes de los trabajadores, los empleadores y el gobierno es indispensable para el desarrollo con equidad y justicia social. Esa es la perspectiva en la que nos coloca el artículo 91 de la carta magna cuando señala que: "El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La Ley establecerá la forma y el procedimiento".

El ajuste anual del salario mínimo fue uno de los avances más significativos incorporados en la reforma de la LOT de 1997, en ejecución del Acuerdo Tripartito del mismo año; como también lo fue haber establecido la obligación que tiene el Ejecutivo Nacional de convocar, en enero de cada año, a las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores para que, junto a los representantes del Gobierno, se pongan de acuerdo sobre el monto en que debe fijarse el salario mínimo.

Esas disposiciones legales, guardan perfecta armonía con el transcrito mandato constitucional y son pieza angular de un modelo democrático de relaciones de trabajo. Para las organizaciones sindicales de trabajadores defender el derecho a intervenir en la fijación del salario mínimo es un asunto crucial, sobre todo si se cree necesario que los trabajadores tengan voz (y voto) en los asuntos que les son propios. Muchos serían, los avances técnicos adquiridos, (manejo de estadísticas sobre remuneraciones y empleo, por ej.) el aprendizaje acumulado y el crecimiento institucional si esas normas no hubieren sido sustituidas por las arbitrariedades oficiales.

En fin, Chávez fija el salario mínimo por Decreto porque quiere que cualquier beneficio que reciban los trabajadores se lo atribuyan a él y, además, porque la ley, las organizaciones de trabajadores, el dialogo y la democracia no le importan un carajo.

TC


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