El derecho a la felicidad
Escrito por Macky Arenas   
Martes, 08 de Febrero de 2011 05:59

altLos derechos sociales como la educación y la salud, la alimentación, el trabajo, la vivienda, la seguridad, la protección a la maternidad y a la infancia y la asistencia a los desamparados, entre otros, como derechos esenciales que son del ciudadano ante el Estado, tendrían que ser considerados dentro de lo que el presidente francés Nicolas Sarkozy propuso como los baremos para establecer un nuevo índice alternativo del PIB que haría posible medir el bienestar de una nación. Si estas necesidades de la población no están satisfechas, obviamente esos derechos no están garantizados, por lo tanto el país no esta feliz. Tan sencillo como eso.

En esta misma línea de reflexión, organizaciones sociales en Brasil han tomado la iniciativa de proponer ante el Congreso Nacional una enmienda constitucional que han bautizado “la enmienda de la felicidad” con el fin de incluir la felicidad como un derecho social fundamental. A pesar de las advertencias de algunos especialistas y profesores universitarios en torno a su inviabilidad, la enmienda fue aprobada a finales del 2010 en la Comisión de Constitución y Justicia de la cámara alta y tiene grandes posibilidades de ser votada favorablemente este año por el Senado en pleno antes de ir a la Cámara de Diputados. Tal vez una de las mayores fortalezas argumentales en las instancias brasileñas es que experiencias similares han sido adoptadas en países como Francia, Gran Bretaña, Japón y Corea.

En Brasil, por causa del crecimiento económico, como es el caso de Venezuela motivado a la inmensa fortuna proveniente del petróleo, los ingresos no llegan a la población. La bonanza económica no se ha traducido en bienestar social. El crecimiento social no existe o no guarda relación con las entradas del país. Es la razón por la cual muchos piensan en Brasil que una enmienda de ese tipo puede ayudar a la población a tener una nación más concreta de sus derechos sociales y así crear las condiciones para que esos derechos sean aplicados y garantizados. Otros, sin embargo, temen que una reforma así acabe convertida en “folclor jurídico”.

Pero lo cierto es que lo que se propone no es exactamente el derecho a la felicidad, sino el derecho a buscar la felicidad por medio del acceso a todo aquello que dignifica la existencia humana. Porque los derechos sociales son algo abstracto para el individuo. El derecho a la educación es un concepto abstracto, pero el derecho a buscar la felicidad por medio de la educación comienza a interiorizar el derecho social. Justamente la reforma se deriva de la convicción de que la búsqueda de la felicidad exige como condición esencial la existencia de los derechos sociales. El indicador adoptado por Francia va más allá y contempla valores inmateriales como la calidad del sistema de salud, de transporte colectivo y de la educación para medir el progreso.

Desde hace más de dos siglos la Constitución de Estados Unidos consagró la búsqueda de la felicidad como un derecho inalienable del individuo. Y eso que es la Constitución del llamado despectivamente “imperio”.

Paradójicamente la infelicidad impera en el país de Bolívar, el mismo que dijo “el mejor gobierno es aquel que produce la mayor suma de felicidad”.


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