Salario mínimo indexado a la inflación, inamovilidad y sus efectos regresivos y recesivos |
Escrito por Enrique González Porras | X: @enriquergp |
Jueves, 04 de Enero de 2018 08:32 |
Al nuevo aumento del 40% en el salario mínimo se suman propuestas oficiales para indexar el salario mínimo a la inflación. La presente reflexión pretende llamar la atención sobre la política laboral actual, así como propuestas de este tenor, y que muy lejos de su semántica populista y “parternalista”, terminan resultando políticas altamente regresivas y recesivas. Roger Sherman[1] asegura que el empleo resulta tremenda y absolutamente importante para las finanzas individuales, así como para tener acceso a otras formas de seguridad -que bajo su perspectiva-, oportunidades justas de obtenerlos constituyen un tema importante para la “justicia” y “decencia” de nuestra sociedad. Lo anterior resulta plausible en las sociedades actuales industrializadas y de alta especialización del trabajo y los oficios. Sherman comenta que las leyes y las decisiones de las cortes –refiriéndose al caso de USA- han intentado asegurar cierto grado de justicia en las decisiones de contratación y despido y de limitación de abusos en los trabajos. Los bienes públicos o sociales que suelen perseguir o proteger las polícas públicas y regulatorias no suelen conseguirse directamente en los mercados –por ejemplo, la salud- o no suelen ser alcanzables por medio de un simple decreto Ley –por ejemplo, baja inflación o la generación de empleos con imposiciones sobre el nivel de remuneración asociado-. Lo anterior obliga al Estado que diseña las políticas públicas a entender la “función de producción” de tales bienes sociales o privados, por ejemplo la “función de producción de la salud” que resulta multifactorial, así como comprender cómo se tendría que actuar sobre medios o mecanismos intermedios que inciden posteriormente sobre el bien social que se pretende tutelar. Un bajo nivel de morbilidad de una sociedad suele estar asociado a un buen nivel de ingresos; un buen nivel de educación; una buena capacidad de acceso a una dieta diaria balanceada; rutinas y hábitos de ejercicio y deportes; un sistema de salud tanto preventivo como asistencial, etc. Mal podrá decretarse un acceso a la “salud” como bien sin diseñar políticas que tengan incidencias sobre las variables o factores que inciden sobre esta. Lo mismo ocurre con el tema de la generación de empleos y su remuneración respectiva. La contratación y remuneración del trabajo dependerá de su aporte marginal a la producción y a los ingresos marginales de su incorporación a la unidad productora. La teoría económica aporta un marco analítico importante para entender esta lógica. De hecho, un salario mínimo que no esté asociado a la productividad marginal del trabajo, podría generar sesgos hacia mayor desempleo en los segmentos de trabajadores con menos cualificación donde se espera que dicho salario mínimo sea un referencial o una obligación. Para explicar cuan regresiva puede terminar resultando una política de salario mínimo, indexado a la inflación, aunado a una inamovilidad laboral supondremos dos situaciones distintas. Una situación en la cual la empresa actuando como un agente económico racional maximizará su beneficio sometida a una situación en la cual debe atender a un nivel de demanda de su producto dada y la compararemos con una situación en la cual se impone un sueldo mínimo superior al que se enfrentaría una empresa sin intervención en ninguno de los mercados, ni en el del producto de la empresa ni en el mercado laboral y compararemos los resultados. Así las cosas, la empresa maximizadora, que requiere atender a una demanda determinada, y para ello requerirá realizar la contratación y la asignación de recursos a lo largo de los factores productivos -trabajo y el capital-, se enfrenta al siguiente programa de optimización: Min r*K + w*L Sujeto a: F(K,L)=q Donde r es la tasa de interés pagada para financiar la adquisición del capital, w el salario del trabajo, K la cantidad de capital o maquinaria contratada o adquirida, L es la cantidad de trabajo contratado y F(K,L)=q la cantidad de demanda a ser atendida. Para esta empresa resolviendo su problema de optimización consistente en minimizar los costos y la distribución de recursos en la contratación de los factores productivos para satisfacer un nivel de producción y oferta, podemos expresar su Lagrangiano de la siguiente forma: Lagrangiano = r*K + w*L + λ*(F(K,L) – q) ∂Lagrangiano/∂K = r + λ*∂F/∂K = 0 ∂Lagrangiano/∂L = w + λ*∂F/∂L = 0 Ambas como condición de primero orden. Simplificando tenemos: ∂F/∂L = Fk = Productividad Marginal del Capital ∂F/∂K = Fl = Productividad Marginal del Trabajo Lo que implica que: Fk/r = Fl/w Esta es la condición de optimización y contratación eficiente de los factores productivos. Ahora supongamos que el Estado-regulador impone un salario mínimo o regulado superior al del mercado libre que denotaremos Wr, con lo que Wr = w + prima excesiva a la productividad del trabajo, con lo que: Wr > w Siendo esto así la condición de optimización para una empresa que se le imponga un sueldo regulado sería: Fk/r = Fl/Wr Para que se mantenga esta condición de optimización siendo que Wr como salario regulado ha sido administrativamente aumentado, se requerirá que el producto marginal del trabajo aumente guardando la relación de la productividad marginal del trabajo por unidad monetaria invertida en este factor productivo idéntica a la productividad marginal del capital por unidad monetaria invertida en capital. Lo anterior ocurriría única y exclusivamente contratando menos cantidad de trabajo –toda vez que existen rendimientos decrecientes de los factores productivos-, lo que permitiría aumentar el producto marginal del trabajo respecto al capital contratado. Es decir que se “sobrecontrata” capital respecto al trabajo, subcontratando trabajadores. Esta dinámica en los mercados explica cómo este tipo de políticas suele introducir determinísticamente mayor desempleo en los trabajadores menos cualificados cuya remuneración está más relacionada al referente de sueldo mínimo, regulado y/o indexado que en aquellos segmentos de trabajadores cualificados cuya remuneración está asociada a su productividad -y adicionalmente se encuentran fuera del referente del salario mínimo-. Así las cosas este tipo de políticas laborales suelen ser tremendamente regresivas, con lo que terminan lesionando y determinando mayor desempleo en el mercado de los trabajadores menos cualificados y sobre los segmentos poblacionales de estratos socioeconómicos más bajos. Una inamovilidad laboral que imposibilita ajustar la contratación de factores según la demanda existente o potencial, aunado a una situación de recesión de la demanda y con salarios indexados a la inflación, permite pronosticar que la demanda no posee capacidad de admitir el pass-through de aquellos sobrecostos, no sólo por un exceso de trabajadores para la escala operativa de la empresa, sino igualmente difícil resultará trasladar al precio los ajustes de salarios indexados y su incidencia sobre los costos -sin que haya existido la correspondiente mejora de la productividad que en economías hiperinflacionarias resultará matemáticamente imposible-. En este sentido, en periodos de constreñimiento de la demanda, tal indexación de los salarios a la inflación no implicará un simple ajuste nominal o monetario, sino que sobre muchos sectores económicos en recesión con demandas con elasticidades elevadas –que podría ocurrir ante la inflación venezolana en prácticamente cualquier tipo de bien o servicios por la propia definición de la elasticidad precio = (∂Q/∂P)*(P/Q), siendo que las cantidades (Q) serán bajas en recesión y los precios (P) tenderán a ser altos- no habrá posibilidad de que el precio admita tal política y se disparará la prescindibilidad de los bienes, produciendo cierres de empresas y un mayor desempleo. En el otro caso, de expansión económica, la inamovilidad laboral destruye incentivos a contratar los trabajadores requeridos técnicamente, para evitar quedar con una sobrenómina una vez pase el pico del mercado o de la demanda. Es así como el efecto de este tipo de políticas laborales no sólo es su regresividad en el mediano plazo, sino la lesión a la eficiencia dinámica por una miopía de corto plazo que profundizará la recesión económica. En este sentido, tanto los trabajadores poco cualificados, como las empresas pequeñas y medianas, así como los consumidores finales terminarán siendo los lesionados de los efectos perniciosos de estas propuestas de indexación salarial a la inflación y de las medidas de inamovilidad laboral. [1] Roger Sherman: Market Regula on. Pearson Addison Wesley Editorial. 2008. Chapter 22: Worker Protection. |
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