Guayana Esequiba: ¡vamos por la restitución de lo que nos arrebataron...! |
Escrito por Dr. Abraham Gómez | X: @fabrahamgr |
Miércoles, 29 de Junio de 2022 00:00 |
Venezuela, no obstante haber sido por muchos años antigua posesión española, siempre ha mantenido el blasón anticolonialista.
Hemos contrariado a los poderosos imperios que someten y vulneran con vileza los derechos de los pueblos que aspiran alcanzar su libertad. Por eso firmamos, con sobrada justificación, el Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966; en cuyo texto dejamos sentado, de manera explícita, que jamás nos opondríamos a que la excolonia británica alcanzara su independencia. Como en efecto la logra el 26 de mayo de1966. Apenas tres meses después de suscribirse el mencionado documento, donde reconocen –precisamente-- que el Laudo Arbitral de París de 1899 es nulo e írrito. Nuestro país ha reafirmado permanentemente ante el mundo que la aludida sentencia arbitral fue una deleznable maniobra, devenido en un ardid tramposo que jamás hemos legitimado, porque la consideramos inválida, sin eficacia jurídica y sin fuerza para constituirse en elemento oponible a nada. Hechos históricos concretos testimonian que nuestro país ha enfrentado cualquier abominación de explotación inhumana e irracional. Por tal motivo, avalamos y nos solidarizamos –entonces-- con la naciente República Cooperativa de Guyana, cuando el Reino Unido decidió “desanudarles el yugo” y dar libertad a ese pedazo de tierra que denominaban Guayana Británica, desde que el arrogante imperio hiciera su negociación “rara y sospechosa» con los Países Bajos, para ocupar -- a partir de 1814—las colonias Berbice y Demerara; por cierto, los únicos territorios holandeses por estos lados; pero que, con la mayor desvergüenza, los ingleses irrumpen también y se apoderan ( por ellos considerada res nullius, tierra de nadie) la zona del Esequibo, que ya pertenecía a la Capitanía General de Venezuela, desde 1777. Probado y comprobado con justo título, mediante la Cédula Real de Carlos III. Una cosa es nuestra irreductible doctrina y lucha por la descolonización de los pueblos oprimidos por las naciones con tradición y vocación imperiales, y otra la pasividad y la dejadez frente a la ignominia o permitir que nos despedacen nuestra extensión territorial. Guyana no ha querido revisitar su historia para saber conscientemente a quién agradecer. Se han comportado con nosotros como unos ingratos e inconsecuentes. De tal manera, que no seguiremos siendo tan lerdos o indiferentes; mucho menos, en esta hora de trascendencia histórica, cuando enfrentamos un juicio en la Corte Internacional de Justicia. Estamos decididos – con todas nuestras enjundiosas pruebas de titularidad de la Guayana Esequiba- a honrar la memoria de los insignes compatriotas que nos antecedieron en esta lucha, por el presente de la patria y por las generaciones futuras. Vamos por la restitución, conforme al Principio de la Legalidad, de todo cuanto nos despojaron en aquella tratativa diplomática urdida por ingleses y rusos, en fecha de ingrata recordación. Para encarecer lo vital y determinante de nuestro objetivo principal de reivindicación, tomaré prestada la frase de un digno compatriota, Don Mario Briceño Picón, hombre destacado en el campo de las letras y el gentilicio, quien figuró – por muchos años—en estas lides, las mismas en las cuales, hoy nos encontramos bastantes ciudadanos: “La obra independentista de Simón Bolívar no estará completa, mientras Venezuela no haya logrado la restitución del Esequibo”. Ha constituido un extraordinaria y elogiable decisión el hecho de haber introducido la Excepción Preliminar (el 7 de este mes), por ante la Corte Internacional de Justicia, para pedir la inadmisibilidad de la demanda unilateral que nos hizo Guyana, desde marzo del año 2018. Ya era más que suficiente. Fueron innumerables e insoportables los desmanes acumulados; causados por estos vecinos envalentonados, que creen que ya “su mandado está listo”, que manejan la ilusión de salir favorecidos por la Sala Sentenciadora de la ONU. Esperemos los resultados de la Excepción Preliminar, para que sepan a qué atenerse. Había llegado la precisa ocasión de asestar –con suficiente contundencia—una determinación jurídica para frenar los irrespetos y atropellos por parte de quienes recibieron nuestro primer reconocimiento, para que pudieran formalizarse con carácter de Estado en la Organización de las Naciones Unidas. De acuerdo con las informaciones que manejamos, la Corte – al recibir el mencionado acto procesal de la delegación de Venezuela-- procedió a paralizar el conocimiento de fondo – especificada en la Pretensión Procesal guyanesa —contenida en la interposición de tal acción; hasta que respondan los delegados de la excolonia británica –mediante observaciones—por el fraude procesal en que han incurrido, el cual luce insubsanable. La Excepción Preliminar introducida, por nuestra delegación en la Corte, ha sido densa y justificada; por cuanto esa demanda no llena los mínimos requisitos procesales ni calza la categoría para un debido proceso, conforme al propio Estatuto y Reglamento de la Corte. Venezuela siempre ha estado –modestamente - munida de Títulos Jurídicos que la respaldan en cualquier ámbito internacional. La Corte ha decidido en una serie de sentencias, que han creado jurisprudencias, que un título jurídico preexistente prevalece sobre una administración del territorio en controversia, que pudiera estar bajo dominio circunstancial de otro Estado. Como concepto jurídico, el Principio de la Efectividad ha sido discutido en relación a la preeminencia del título sobre un territorio; tomando en cuenta que el Derecho Internacional insiste en favorecer la preferencia del título jurídico por encima de la ocupación relativa o la posesión ilegítima. Para el 8 de marzo del año 2023, cuando el Jefe de Estado –por cuanto es su atribución constitucional– determine la comparecencia de Venezuela en el Alto Tribunal de La Haya, será densa y de pleno derecho la alforja de Títulos (que no admiten pruebas en contrario) que presentaremos para la examinación e investigación por parte del Jurado sentenciador de la Corte Internacional de Justicia.
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