El ambiente en el siglo XXI
Escrito por Anaís Caldera Rodríguez   
Martes, 06 de Octubre de 2009 02:56

altYa no está aislado de las otras áreas que conforman la sociedad venezolana. Teóricamente, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela lo declara como un derecho a través del cual se garantiza una alta calidad de vida, basada en un “ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado”. Un derecho a lograr siempre y cuando los 28 millones de habitantes de este país cumplan con el deber consagrado en la Carta Magna de proteger y mantener el ambiente, y si el Estado, en sus tres ámbitos del poder público, cumple a cabalidad con las competencias ambientales asignadas y no se convierte en el boicoteador del cumplimiento de las atribuciones de una o de otra de las instancias territoriales del poder. Es decir, el poder nacional, como ente rector de las políticas ambientales públicas de la nación, debe asegurar con las mismas tanto la preservación como el cuidado del ambiente, los procesos ecológicos, las áreas bajo régimen de administración especial, así como la ordenación del territorio de forma equilibrada y planificada, con la exigencia de los estudios de impacto ambiental para resguardar la vida de las fuentes de agua, los árboles y demás recursos naturales necesarios para alcanzar un verdadero progreso sostenible.

Mientras, los estados deben administrar efectivamente el aprovechamiento de los minerales no metálicos, así como el de las salinas y los ostrales, en aras de evitar el deterioro ambiental de las zonas intervenidas y en pro de resarcir cualquier daño producido por la explotación de esos recursos naturales. Y los municipios, en el siglo XXI, continúan siendo los principales ejecutores de las políticas ambientales públicas emanadas del Ejecutivo Nacional, por cuanto la mayoría de sus atribuciones coadyuvan con la calidad ambiental y el bienestar de la gente, como la protección del ambiente y la cooperación con el saneamiento ambiental; el aseo urbano y domiciliario, más la recolección y el tratamiento de los residuos sólidos. El poder local también tiene el deber de garantizar una ordenación territorial y urbanística sustentable que impida el colapso de las ciudades y de los servicios públicos, además de la construcción y el mantenimiento de los parques, los jardines, las plazas y zonas verdes, entre otras, con el fin de no convertir a las urbes en espacios territoriales no aptos para vivir por lo inhóspitas que resultan las ciudades amuralladas de concreto y pocos árboles.

Responsabilidades todas que el Estado, entendido en sus tres dimensiones, debe ejercer en conjunto con los vecinos, pues la Constitución Bolivariana en su articulo 184 demanda que los estados y municipios transfieran hacia las comunidades los servicios de salud, educación y vivienda, entre otros; es decir, el ambiente, visto de manera holística y no de forma aislada. Innovación que la Carta Magna consagra en virtud de que demanda a los venezolanos de hoy y del mañana la protección y el cuidado del ambiente. Ya no es sólo potestad del Estado garantizar un ambiente sano, pues exige a cada ciudadano una actitud pro ambientalista y no devastadora, pues la primera evita el daño ambiental y, por ende, el declive de la vida, en tanto que la segunda únicamente lleva a la debacle del planeta.

Metas constitucionales que requieren concretar la descentralización de la gestión ambiental con el objeto de que el poder central fortalezca su función rectora y descargue al Ministerio del Ambiente de cuantas responsabilidades no puede cumplir, mientras consolide sus relaciones con los estados y municipios para que no coarte su radio de acción e imposibilite la concreción fidedigna de sus funciones, por cuanto los mayores perjudicados siempre serán los pobladores de cada región y no los altos funcionarios de cada ámbito del poder. E igualmente, fortalecer la educación ambiental formal y no formal, por cuanto los problemas ambientales existentes en el país necesitan que la educación ambiental se dicte como una cátedra y ponga en práctica y no que se siga considerando como un eje transversal de cada materia ofrecida en la educación básica, porque no se logra crear una conciencia ambientalista, porque no se conocen a fondo las causas y consecuencias de la contaminación del aire, el agua, el suelo, la atmósfera, el calentamiento global y el efecto invernadero, entre otros y, por consiguiente, los educandos no conocen su grado de responsabilidad en cada uno de esos problemas ni cómo evitar que sigan ocurriendo. Por eso, el ambiente y sus problemas, en el siglo XXI, deben tratarse de manera integral y no individual, porque mientras no se conozcan sus interrelaciones no se podrán atacar. Mucho menos, se creará en el colectivo una conciencia ambientalista que asegure la longevidad de la Tierra.

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Fuente: El Carabobeño


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