La Ley de Educación, otro truculento modo de imponer el chavismo
Escrito por Aimara Rivas   
Viernes, 25 de Septiembre de 2009 00:36

altAl mejor estilo de las bandas de Al Capone cuando ejecutaban a altas horas de la noche sus famosos crímenes y el paso de contrabando de grandes cantidades de bebidas, el gobierno del presidente Hugo Chávez se ha caracterizado por utilizar la nocturnidad para presentar leyes de emergencia, hacer visitas domiciliarias, cerrar emisoras, citar presuntos involucrados y crear todo tipo de zozobras en la sociedad venezolana, empezando por sus golpes de estado, cuyos ejecutores y responsables, deben aún, todos esos ciudadanos muertos.

En esta hora menguada, la sociedad se sacudió el trapo rojo que le mostraron con lo de la Ley de Delitos Mediáticos, pero en realidad lo que la bancada de focas de la AN buscaba era la distracción para poder imponer la Ley de Educación que antes había estado engavetada, aprovechando el receso docente para lanzar el zarpazo. Lo más grave es que no presentaron la Ley que había sido semidiscutida con la sociedad civil. De un momento a otro llegó a la Asamblea una Ley redactada, lista, solamente esperando la levantada de brazo de los asambleístas, como siempre entregados al amo.

Los medios nacionales informaron que el profesor Robert Rodríguez afirmó que esa Ley no había sido redactada por los diputados sino que por el contrario vino desde las instancias superiores acompañada con la orden de ser aprobada, haciendo primeramente la pantomima de discutir si algunas palabras llevaban acento o eran esdrújulas, para vender un proyecto “salvador” de la educación a sus seguidores.

Incongruencias y obligatoriedades
Según el contenido de la presente ley, quizás en consonancia con el discurso del comandante presidente que vive entre la colonización y las aventuras de Simón Bolívar, los venezolanos en poco tiempo y por obligatoriedad, al tener sólo acceso a los conocimientos de nuestros ancestros, llegarán a la utilización del guayuco más el arco y la flecha.

Según los redactores, antes que hacer una ley con visión futurista, emulando los estudiantes de los países desarrollados que incitan a su juventud a ir hacia el futuro el artículo 12 obliga a los criollos a todo lo contrario como: Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano (…) consustanciados con los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos, los valores de la identidad local, regional, nacional, con una visión indígena, afrodescendiente, latinoamericana.

Entonces, se pregunta, cómo se tendrá alcance a los grandes centros de investigación, rusos, chinos, americanos o europeos, pero además, la incongruencia cuando el artículo 3 exige que la educación sea plurilingüe, (acaso no exigen que sea local, regional y nacional), estarán los licenciados salidos de las diferentes misiones chavistas en capacidad para enfrentar todos los idiomas del resto del planeta.

Todo lo anterior se ve reforzado con lo que denominan los valores superiores del Estado y para lograrlo exigen las enseñanzas del pensamiento de los precursores y próceres venezolanos como Manuela Sáenz, (cuándo la nacionalizarían), Simón Rodríguez, la Negra Matea, Guaicaipuro, Josefa Camejo, José Leonardo Chirino, Ezequiel Zamora, entre otros. Se supone que de esta manera nos pondremos a la cabeza de los países desarrollados.


Autonomía y centro de estudiantes
Ante la imposibilidad de que los gobierneros ganen elecciones la más inmediata salida es o suspenderlas o eliminar las organizaciones existentes. En el caso del movimiento estudiantil (Art. 19) Los Centros de Estudiantes y Federaciones de Centros Universitarios, aunque taxativamente no lo escriben, tienen ahora, paralelamente creados los llamados consejos estudiantiles. Ante esta arbitrariedad llena de viveza, se supone; quizá pecando de confiados que para que tengan dirigentes tendrá que haber elecciones o será que también piensan nombrarlos a dedo desde Miraflores.

La autonomía universitaria la mandan al abismo, aunque en este caso la reconocen, de inmediato afirman que será vigilada por organismos extra muros como las comunidades organizadas quienes supervisarán en que se invierten las asignaciones que les asigna el Estado venezolano y este intervendrá directamente en el control de sus gastos.


Incapacidad confesa
Mientras que el gobierno fabrica complejos habitacionales en Cuba y en otras partes, a lo interior del país la incapacidad se ve reflejada en todos los ámbitos. En esta ley confiesa la parte oficial, pero también; la ineficiencia para hacer edificaciones escolares y el abuso en contra de la libre ejecución del trabajo productivo de la empresa privada.

El atrevimiento es de tal magnitud que se coloca en la ley la cesión de locales, (por no decir la expropiación), para el Estado convertirlos en centros de enseñanzas. “Las empresas públicas y privadas están obligadas a facilitar instalaciones, servicios, personal técnico y profesional, para la ejecución, el desarrollo de programas en las áreas de formación para el trabajo, planes de pasantías para estudiantes de educación media, pregrado y postgrado universitario, así como, en las modalidades del sistema educativo. La obligación opera también, en la ejecución de aquellas acciones en las cuales intervenga en forma conjunta, las empresas y los centros de investigación y desarrollo tecnológico en el marco de los planes y programas de desarrollo endógeno local, regional y nacional”.

Finalmente, el resto lo arreglan con disposiciones transitorias, así como la creación de nuevas leyes especiales para poder darle cabal cumplimiento a la presente Ley, pero sabido es y no es por eso olvidado, que es una constante de este gobierno manejar los diferentes sistemas con disposiciones transitorias porque nunca terminan las leyes especiales que de alguna manera han sido propuestas.



La perla
“Por razones de necesidad comprobada en los diferentes niveles y modalidades del Subsistema de Educación Básica y mientras dure tal condición de necesidad, se podrán incorporar profesionales de áreas distintas a la docencia con las mismas condiciones de trabajo de los profesionales docentes. Los requisitos, condiciones de trabajo y régimen de servicio se establecerán en una normativa dictada al efecto por el órgano rector en materia de educación básica. (Art. 53). Ahora se oficializará lo que últimamente se ha visto (comprobado) a ingenieros dictando clases de castellano, bachilleres ejerciendo de docentes, por nombrar a algunos, pero que para el gobierno es muy beneficioso porque de esa manera no les dan nombramiento y con ello elimina las prestaciones, vacaciones, maternidad, hospitalización, medicinas, y jubilación, pero además con la daga de Damocles pegada en el cuello porque si no apoyan el proceso revolucionario no le renuevan el contrato.

(*): Vicepresidenta FCU/ULA


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