Honduras: se restablece la Constitución
Escrito por Antonio Rodríguez Yturbe   
Domingo, 28 de Junio de 2009 21:03
Resulta incongruente escuchar esta mañana un improvisado Alo Presidente, en el que el Jefe de Estado de Venezuela, Hugo Chávez Frías, se expresa en un lenguaje lleno de denuestos, impropio de la magistratura que ejerce, violatorio no sólo de las normas legales venezolanas sobre la materia, sino, lo que es mucho mas grave, violatorio de las disposiciones del Derecho Internacional que, en la Carta Magna que une en un solo cuerpo a todos los países de la tierra,  la Carta de las Naciones Unidas, dispone como normas de Ius Cogens, de imperativo acatamiento, en su artículo 2, la prohibición de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra terceros estados para dirimir controversias, el respeto del principio de no injerencia violado al inmiscuirse directa y públicamente en la política interna de Honduras, el acatamiento al principio sacrosanto de soberanía, violado al arengar a las fuerzas armadas de otro país e incitar a las mismas a actos violentos, a través de los medios de comunicación, por mencionar algunas.

Pero lo más incongruente, es el intento de hacer percibir la situación en Honduras, como un cruento golpe de estado violatorio de la constitución y las leyes de ese hermano país, cuando la realidad es justamente la violación repetida  de la Constitución hondureña, por parte de quien le fue entregado un mandato del pueblo para hacer respetar y CUMPLIR esa Constitución y las demás leyes de la república.

Honduras es un país democrático en donde impera la separación de poderes, condición “sine qua non” para que pueda existir un estado de derecho. En ejercicio de esa libertad y de esa democracia, y en acatamiento a las normas jurídicas internas, tanto la Corte Suprema de Justicia de Honduras, como el Congreso en pleno –representante directo de la sociedad civil-, y la Fiscalía General, todos unánimemente, estuvieron contestes, en que el Presidente Zelaya había irrespetado a la Constitución hondureña y, en consecuencia, se le ordenó, el acatamiento a las normas que juró cumplir.

Sin embargo, en abierta desobediencia, la respuesta del Presidente, fue ordenar la destitución del Coronel Romeo Vásquez Velásquez, Jefe de las Fuerzas Armadas de Honduras, nombrado para ese cargo por el Congreso de la República, de conformidad con lo pautado por las leyes, al serle presentada una terna por el Presidente Zelaya.

Sin duda que el Presidente de la República tiene potestad, igualmente – una vez cumplidos los requerimientos de ley, que no lo fueron-, de destituir al Jefe de sus Fuerzas Armadas. Pero lo que NO PUEDE hacer el Presidente es conminar al Coronel Romeo Vásquez, ni al Congreso, ni a la Corte Suprema de Justicia, ni a la Fiscalía, ni al pueblo hondureño, a violentar la Constitución y las leyes de Honduras para satisfacer un proyecto personal. Tan contrario a las leyes fue tal acto, que todo el Estado Mayor, incluido el propio Ministro de la Defensa, presentaron la renuncia a sus cargos.

Ante tal situación, el máximo tribunal de ese país, ordenó la restitución a su cargo del Coronel Vásquez,  por haberse violentado el estado de derecho en Honduras, por parte del Presidente Zelaya.

A pesar de ello, el Presidente insistió en la celebración de un referéndum violatorio de la Constitución y las garantes de la misma, las Fuerzas Armadas,  impidieron que ello sucediera, no como un acto golpista y alevoso, al estilo del que sufrió y repelió Venezuela en 1992, sino justamente para que se restituyera el imperio de la ley y nuevamente fuera la Constitución  la que privara, como debe ocurrir en un país que se precie de tener una auténtica democracia.

Mal puede un Presidente, cuya trayectoria ha estado envuelta en golpes y conspiraciones, tratar de dar clases de democracia a un pueblo que dignamente decidió oponerse, haciendo legítimo uso del principio de autodeterminación de los pueblos, a la conculcación de sus derechos y al irrespeto continuado de un Presidente, al mandato que le fue conferido.

Es bueno recordar, por otra parte, a la luz de incorrectas afirmaciones de algunos analistas, sobre la necesidad del reconocimiento del nuevo gobierno provisional,  que el Reconocimiento de estos gobiernos, de conformidad con la normativa vigente del derecho Internacional, es un acto discrecional, que no incide sobre la validez o invalidez de un gobierno. Y a mayor abundamiento no se trata en este caso, del eventual reconocimiento de un gobierno de esta naturaleza, sino de reconocer que Honduras, por su propia voluntad y en ejercicio de sus derechos, decidió hacer respetar la Constitución por encima de proyectos políticos nugatorios del estado de derecho.

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