Pinzamiento y distorsión en el Sector TV Paga
Escrito por Enrique González Porras | X: @enriquergp   
Viernes, 12 de Noviembre de 2021 00:45

altEl sector de los prestadores de servicios de televisión por suscripción, especialmente aquellos por medio de vínculo físico,

han estado denunciando, por medio de la Cámara de Empresas de Servicios de Telecomunicaciones (Casatel), que las empresas de televisión por suscripción en el país deben pagar a CANTV y a Corpoelec elevadas tarifas en dólares para poder instalar fibra óptica.

Casetel aseguró que las tarifas del servicio de televisión por suscripción que han sido autorizadas por Conatel son insuficientes para que las empresas puedan mantener las plataformas en condiciones óptimas. Finalmente, el máximo representante del sector destacó que ante la poca rentabilidad, las empresas prefieren migrar y prestar servicios de Internet.

La denuncia por parte de Casetel asoma un eventual pinzamiento de márgenes del que estarían siendo víctima los proveedores de servicios de televisión por suscripción, siendo que sus insumos y los pagos que tienen que afrontar por acceso a infraestructura se elevan -pagaderos en dólares- mientras se les aplica una regulación de hecho que restringe su ajuste de tarifas.

La denuncia realizada por Casetel es susceptible de aplicársele un test referido al eventual despliegue pinzamiento de márgenes, de replicabilidad del servicio aguas abajo -as efficient competitor test- o un test sobre una eventual “Constructive Refusal to Deal”. De validarse la eventual hipótesis y satisfacerse el estándar de prueba, el propio operador público estaría distorsionando el mercado, la competencia y violando la Ley Antimonopolio venezolana. Recordemos que Cantv, empresa Incumbente, se encuentra integrada verticalmente, siendo proveedora y a su vez competidor aguas debajo de servicios TICs (todo lo anterior aplica más allá de la “regulación económica de las tarifas” que comentaremos a continuación).

Adicionalmente, para el sector tradicional audiovisual en Venezuela, resulta un desafío la discriminación de la cual estarían sufriendo, cuando sus tarifas se rezagan, sus pagos de insumos y acceso se ajustan al alza, y los competidores proveedores de servicios OTT como plataformas digitales de contenido audiovisual se benefician de una eventual disponibilidad de pago por parte de la audiencia. 

En muchos países para fomentar el despliegue de infraestructura, el acceso a la misma y en aras de hacer asequibles los servicios TICs existen normativas que, sobre prestadores de servicios públicos de red, especialmente cuando son de propiedad pública, se les impone la garantía de acceso a la infraestructura en condiciones razonables a los prestadores de servicios de telecomunicaciones y de televisión por suscripción. Lo anterior aplica igualmente para proveedores independientes -no integrados verticalmente ni competidores aguas abajo en servicios de telecomunicaciones ni audiovisuales- así como a proveedores verticalmente integrados competidores aguas abajo.

Las regulaciones -así como en general las acciones públicas- deben tender a ser neutrales entre distintos proveedores de servicios, con la intención de “nivelar el terreno del juego”, evitar distorsiones y no resultar discriminatorias o incluso confiscatorias.

Lo que constituye una tendencia mundial, como sería la migración de proveedores tradicionales de telecomunicaciones -voz- y audiovisual -televisión por suscripción- hacia servicios de conectividad de internet, e incluso su incursión en nuevos modelos de plataformas digitales -buscando ser plataformas de acceso- estaría siendo forzada en el país por el pinzamiento de los márgenes según denuncia Casetel.

Aún así, proveedores de servicios de TV y de contenido local, todavía resisten, a través de estrategias tradicionales -empaquetamiento/bundling del tipo doble-play y triple-play que las plataformas digitales tipo Netflix no pueden replicar-, la oferta de contenido indiosincrático -deportes locales, programas magazines, noticias locales, etc.-, entre otras estrategias.

Sin embargo, acciones regulatorias y de empresas públicas no deben distorsionar los mercados, por el contrario deben fomentar y resguardar su eficiencia evitando crear distorsiones.

  


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