No lo Llame rentismo, llámelo Socialismo del S.XXI
Escrito por Enrique González Porras | X: @enriquergp   
Miércoles, 21 de Septiembre de 2016 01:18

altEl Ejecutivo Nacional y representantes oficialistas pretenden hacer ver que el colapso económico del país no es producto de su modelo económico sino explicado

por el “agotamiento” del modelo rentista.

El hecho cierto es que resultan equivalentes, hasta cierto punto por compartir caracterizaciones similares, el rentismo y el socialismo, específicamente  respecto a las deficiencias y fallas comunes como: la vulneración de los derechos de propiedad; por sus  esquemas de desincentivos sobre inversión, producción y la eficiencia económica; y por la característica de pretender “socializar” la economía.

En un mundo globalizado, donde la participación del valor de los commodities sobre el comercio internacional o sobre las cadenas globales de valor pierde terreno, no puede considerarse a un país como rico por el simple hecho de contar con reservas elevadas de cierto commodity como el petróleo o el hierro. Peor aún no puede considerarse a un país como rico o desarrollado, cuando su dependencia respecto a un único rubro de exportación se evidencia en un alto peso relativo de esta actividad  como participación del PIB –así como su importancia como fuente de ingresos fiscales-. Los países desarrollados poseen elevados PIB per capita producto de la profundidad de su economía interna. Sin embargo, para crear riqueza, representada en el nivel del PIB, deben existir las condiciones institucionales adecuadas, los esquemas de incentivos correctos y eficientes, entendidos mínimamente como un Estado de Derecho y un sólido resguardo de los derechos de propiedad privada para que los agentes económicos y los particulares realicen inversiones y esfuerzos por producir, innovar, transformar, añadir valor y a final de cuentas generar riqueza.

Definiciones pobres de los derechos de propiedad privada y  sistemas de resguardo de estos poco robustos, condenarán cualquier potencial productivo de un país; constituyendo esto un elevadísimo costo de oportunidad social que todos los venezolanos debemos ponderar.

El rentismo como modelo económico-social había colapsado desde los años 70s cuando ya se asomaba que los ingresos petroleros, en términos per capita, nos “garantizarían”, en el mejor de los casos,  ubicarnos en un nivel medio de países en desarrollo determinado por los ingresos y/o Producto Interno Bruto por habitante.

La crisis y el colapso de la economía venezolana no se debe atribuir exclusivamente a la caída de los precios del petróleo, sino fundamental y estructuralmente a la vulneración de los sistemas de propiedad privada, del Estado de Derecho y en consecuencia a la destrucción de los ya precarios esquemas de incentivos en favor de la inversión y la producción.

De hecho el socialismo venezolano se ha caracterizado por:

1.- Dependencia fiscal y económica del sector petrolero (rentismo).

2.- Vulneración de los derechos de propiedad privada:

  • A través de un discurso populista que ha instaurado o fortalecido las creencias e instituciones informales de que los bienes sociales: equidad y eficiencia económica son excluyentes y en consecuencia, tal falaz conflicto, requiere un Gobierno-regulador que conculque derechos económicos, principalmente el derecho de propiedad privada ampliamente entendido, así como la soberanía del consumidor.
  • Procesos de expropiación que han terminado lesionando al interés público por su fracaso; significando un despilfarro de recursos públicos.
  • Tomas y confiscaciones de hecho, destruyendo unidades productivas y deteriorando el sistema de propiedad privada en el país.
  • Un sistema de regulaciones arbitrarias, de las cuales destaca la Ley Orgánica de Precios Justos, que aplicada de forma irrestricta sobre todos los agentes económicos y que sin el previo debido procedimiento administrativo o jurisprudencial, constituye una irrefutable violación de los derechos de propiedad y de las expectativas legítimamente creadas por las empresas instaladas.
  • La creación de un sistema de control de cambio que sustituyó al sistema de mercado y a la soberanía del consumidor y la social para determinar la asignación de recursos y en consecuencia la de las actividades económicas productivas, comerciales y de importaciones.
  • Una visión populista de las políticas públicas y regulatorias, que ha terminado actuando en el corto plazo de forma expoliadora y redistributiva, comprometiendo en términos dinámicos el funcionamiento de ciertos sectores económicos y de la economía en general –al respecto Miguel Ángel Lasheras reseña lo que ciertas investigaciones han arrojado como una tendencia en los países en desarrollo, como sería el hecho que la acción regulatoria se inclina por satisfacer objetivos expoliadores redistributivos de corto plazo, aún cuando en términos dinámicos esto implique una lesión al bienestar social (Ver Lasheras: La Regulación Económica de los Servicios Públicos, Ariel Económica, 1999)-.

Lo anterior ha ocurrido porque en parte la sociedad venezolana en general ve con buenos ojos promesas y anuncios de corte populista, sin reparar en su veracidad y sostenibilidad, así como por el hecho de una debilidad de las instituciones públicas y del Estado –en Venezuela nunca ha existido instituciones robustas de análisis del impacto regulatorio con carácter vinculante-.

Los derechos de propiedad privada resultan de tal importancia para el progreso y el desarrollo económico, que se reconoce ampliamente que desde la prehistoria, cuando la población iba en crecimiento y los recursos dejaban de ser tan abundantes y en consecuencia se iban convirtiendo en escasos, con valor económico y teórica y prácticamente susceptibles de exclusión y divisibilidad; el ser humano desarrollo los sistemas de propiedad privada para evitar la congestión, la sobre-explotación de los recursos, los comportamientos oportunistas, y posibilitar en términos dinámicos la inversión sostenible en los recursos productivos. Más allá, uno de los primeros científicos sociales que identificó a los derechos de propiedad privada como elemento crucial y fundamental del progreso en la humanidad fue Carlos Marx. De hecho, toda la tesis de Marx se basa en el papel protagónico de los derechos de propiedad. Svetozar Pejovich en su libro “Fundamentos de Economía: Un Enfoque basado en los Derechos de Propiedad” (FCE, 1985) le reconoce a Carlos  Marx y a Federico Engels haber sido pioneros en plantear el tema de la forma y razón del desarrollo de los derechos de propiedad, haber incorporado los derechos de propiedad a la teoría económica –ciertamente hasta que llegasen los neoinstitucionalistas, los derechos de propiedad privada se tomaban simplemente como dados- y haber afirmado que las asignaciones de los derechos de propiedad se determinaban por las condiciones económicas de la vida. Pejovich destaca que el término “relaciones de producción”, su definición y alcance,  utilizado por Carlos Marx, no es sino una acepción de los derechos de propiedad. Para Marx la sociedad primitiva resultaba una sociedad estancada, sin propiedad, sin Estado, y por ende sin instituciones sociales y económicas que regulen las relaciones existentes entre los hombres en el proceso de la producción y el intercambio. Para él, el instinto de supervivencia del hombre o el instinto de trabajar para aumentar la utilidad, se encuentra frenado, aún cuando no deja de operar en una sociedad primitiva. Marx destaca que precisamente por efecto de este instinto de trabajar, de producir la subsistencia con mayor eficiencia, es que finalmente se rompe el flujo circular de la vida en la sociedad primitiva; el hombre da el primer paso hacia su liberación de la dependencia frente a la naturaleza. Según Marx, la institución de los derechos de propiedad es un medio que vuelve operativo el instinto del trabajo y destruye la sociedad primitiva[1][2][3]. Así las cosas, en cuanto el hombre aprendió a aplicar el trabajo humano a los productos de la naturaleza, resultó claramente esencial la regulación de las relaciones existentes entre los hombres acerca del uso de tales productos; la institución de los derechos de propiedad era inevitable.

Para Marx y Engels la economía consistía en el estudio de las derechos de propiedad sobre los recursos escasos. Según estos, el deseo compulsivo del hombre de subordinar la naturaleza por una parte, y el desarrollo de la tecnología por la otra, se combinaban para explicar los cambios históricos de los derechos de propiedad. Donde erró Marx –ingenua o deliberadamente, e incluso contradiciendo su creencia de la necesidad de los derechos de propiedad para el progreso- fue en considerar que el desarrollo de los derechos de propiedad constituía una especie de secuencias separadas e históricamente predeterminadas.

Una realidad contrastada a lo largo de la historia y de los países desarrollados, es que una robusta definición y resguardo de los derechos de propiedad privada se encuentra alineada con progreso, desarrollo, creación de bienestar y riqueza. Lo anterior no significa que en ocasiones no se produzcan retrocesos –fortuitos o interesados-deliberados- en contra de esta institución económica y jurídica como lo es la propiedad privada, ni que para el ser humano no se haya decantado su rol indispensable. Por ejemplo, la institución de los derechos de la propiedad privada se encontraba desarrollada en el derecho romano y protegida por el Estado en la época del Imperio Romano. Sin embargo, ante el derrumbe del Imperio Romano, se produjo una desintegración de su estructura legal, siendo sustituida por el desorden y el caos. En la medida que los costos de la definición, la negociación, la vigilancia y la imposición de los derechos de propiedad aumentaron sustantivamente, se produjo una regresión en aquella sociedad. Tal dinámica produjo que los mecanismos de resolución de conflictos por medio de la aplicación del derecho romano fuese sustituido por la violencia y métodos bárbaros.

 

Así las cosas, tengamos cuidado de aquellos que por intereses propios o por ignorancia acometen iniciativas por deteriorar o destruir tan importa te institución económica: los derechos de propiedad privada.

 

Por otro lado, Pejovich utiliza como otro ejemplo sobre lo crucial del papel que desempeña los derechos de propiedad privada lo ocurrido con el búfalo y con aquellos bosques sobre los cuales no existían derechos de propiedad o no contaban con dueños. Él remarca que la verdadera causa de la desaparición no fue la codicia humana, como algunos observadores señalaran; más bien fue la ausencia de derechos de propiedad sobre las tierras y su uso. De hecho, una vez definido un derecho de propiedad sobre un bien, el interés del hombre es a conservarlo y preservarlo. Lapidariamente Pejovich nos invita a responder ¿por qué subsisten las reses mientras que los búfalos han desaparecido? ¿Por qué son generalmente más limpios los lagos de propiedad privada que los lagos públicos?

 

En nuestro caso, la pregunta que debemos responder los venezolanos es cuáles son las instituciones económicas mínimas requeridas para garantizar progreso y generar bienestar. Cuál es el modelo económico que tiene por basamento estas instituciones fundamentales como los derechos de propiedad privada y cuáles deben ser las verdaderas responsabilidades del Estado y del Gobierno para garantizar bienestar a los ciudadanos.

 

Un ejemplo de cómo el socialismo ha destruido bienestar y recursos públicos son aquellas empresas que han sido expropiadas, “socializadas” y se encuentran improductivas. La socialización de las empresas y de los recursos productivos fue algo que se llevó a cabo en todas aquellas experiencias comunistas previas al socialismo del siglo XXI, y aun cuando ocurrieron en países y sociedades con un poder coercitivo que podía implicar prisión, la confinación e incluso la muerte; nunca lograron conquistar a la productividad como el bien social que es.

 

Otro tema complejo y multifactorial es el de la política petrolera venezolana. El problema de la Tragedia de los Comunes es equivalente a un problema del tipo dilema del prisionero, entendiendo a la sobre-explotación como el agotamiento del recurso, ponderando tasas de descuento de la utilidad futura no nulas sin tener que ser extremadamente elevadas. Equivalentemente, hay quienes observan a la tragedia de los comunes –posiblemente por constituir una especie de dilema del prisionero donde existe una conducta oportunista dominante de sobre-explotar el recurso- como un principio que aplica a la inestabilidad de los carteles, al punto que algunos periodistas al inicio de los 2000s creyeron que con la presidencia de Chávez, el cartel de la OPEP quedaría inoperativo por un oportunismo de corto plazo, especialmente a partir del 2002 cuando la popularidad del primero había caído, pudiendo querer aumentar la producción petrolera venezolana muy por encima de la cuota asignada por el cartel exportador. Sin embargo, el problema agente-principal de la actual gestión como representante de toda la sociedad venezolana terminó hundiendo el rendimiento productivo de PDVSA. Lo anterior ocurrió a pesar de que para Venezuela –y su Gobierno- podía resultar coherente aumentar producción porque podría ser más su beneficio supramarginal, que la pérdida del descreme del mercado inframarginal dado su nivel de producción efectiva y cuota relativamente bajas para su potencial productor y nivel reservas. Aun así, Venezuela ha actuado contra su caracterización protegiendo a productores marginalistas –por ejemplo los productores americanos o los no OPEP- o a aquellos con reducidos niveles de reservas, al impulsar acuerdos de recorte de la producción en el seno de la OPEP. Sin embargo, vale reconocer que Venezuela ha asumido tal estrategia porque ciertamente mal puede sacrificar producción toda vez que no la ha aumentado a lo largo de los últimos 17 años. Este constituye un problema-agente principal que definitivamente esta afectando a la sociedad venezolana.

 

Economista UCV. Postgraduate Diploma in Economic for Competition Law, Kings College London, University of London. Master in Competition and Market Regulation, BGSE, Universidad a Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. Maestría en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid.



[1] Pejovich Svetozar: Fundamentos de Economía: Un Enfoque basado en los Derechos de la Propiedad. Fondo de Cultura Económica. 1985.

[2] Engels F: El Origen de la Familia, la Propiedad Privada y El Estado. Parte II y IX OFME.

[3] Marx C: Manuscritos Económico.Filosóficos de 1844. OFME.


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